ALTO ACATAMIENTO AL PARO BANCARIO
LA JUSTICIA ORDENA REINCORPORAR A LOS DESPEDIDOS
SEMANA QUE VIENE EN EL MINISTERIO DE TRABAJO POR GANANCIAS
SE HIZO JUSTICIA. NUESTRA LUCHA CONTINÚA
El
Secretariado General Nacional de la Asociación Bancaria felicita a
los miles de bancarios y bancarias solidarios que en defensa de
nuestros derechos protagonizaron un ejemplar paro nacional. Lo hace en
una fecha en que, una vez más, la acción gremial
de los bancarios fructifica en hechos.
No
es por cierto casual que hoy, 8 de julio, fuéramos notificados de un
trascendente fallo de la Sala VI
de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que resolvió revocar
una resolución de primera instancia, para hacer lugar a una medida
cautelar solicitada por la
Asociación Bancaria. De tal manera en la Sentencia Interlocutoria
Nro. 37249 resuelve “ordenar a la Caja Popular de Tucumán de Ahorros la
Provincia de Tucumán que reponga de inmediato en sus puestos de trabajo
al personal a que se refiere la presente
acción en las mismas condiciones en que se encontraban antes de los
despidos”.
La sentencia fue adoptada con la intervención de los camaristas Dr. Juan Carlos Fernández Madrid y Dr. Luis
Raffaghelli. De ella deben tomar nota todos los bancos:
El voto del Dr. Fernández Madrid expresa:
“El
presente amparo se inició con el fin de que la Caja Popular de Ahorros
de la Provincia de Tucumán cese de inmediato en el ejercicio de
prácticas antisindicales consistentes
en el despido discriminatorio de sus 33 dependientes, medida que habría
adoptado como represalia a raíz de la protesta del sector gremial
respecto de resoluciones tomadas por la Caja que ponen en riesgo la
estructura económica y financiera del ente y, como
consecuencia de ello, la fuente de trabajo de sus empleados. Se efectúa
un relato sobre la situación precaria del personal contratado y se pide
que se declare la inconstitucionalidad de la Res. 769/12 y de aquellas
por las que se discontinuaron contratos de
la Caja Popular de Ahorros de Tucumán como medida de acción
antisindical”.
“Del
mismo modo entraría en cuestión en el art. 47 de la misma Ley Sindical
que tutela a todo trabajador o asociación
sindical impedida u obstaculizada en el ejercicio regular de los
derechos de la libertad sindical, en el caso, se traducirían en la
posibilidad de expresar libremente su opinión en protestas contra actos
del empleador lo que prima facie aparece como violatorio
de dicha libertad y el art. 53 incisos E que considera prácticas
desleales a la adopción de represalias contra los trabajadores en razón
de su participación en medidas legítimas de acción sindical…”.
“Estos derechos prevalecen sobre los de orden patrimonial que puede invocar la Caja, siempre remediables cuando la pérdida
de los derechos sindicales sería definitiva y se proyectaría sobre otros derechos de igual rango constitucional”.
El
voto del Dr. Raffaghelli manifiesta: “Particularmente resulta
relevante a los efectos de la solución que propicia
el primer voto, las actuaciones labradas ante el Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social de la Nación en los exptes. 15408484/12 y
1574366/13, obrando en este último la nómina de los accionantes en
autos, como objeto del reclamo de la Asociación Bancaria.
Asimismo con fecha 16 de julio de 2013 el MTEySSN emitió la Disposición
DNRT n° 527 intimando a la demandada a abstenerse de tomar represalias
de ningún tipo con el personal representado por la organización sindical
ni con ninguna otra persona en relación
al diferendo planteado”.
“El
despido de un trabajador por su acción sindical constituye un claro
signo de impedimento
u obstáculo en el ejercicio regular de los derechos de la libertad
sindical que la ley garantiza (art. 47 LS), por lo que restablecerlo al
lugar de trabajo resulta imperativo sin perjuicio de la sentencia sobre
el fondo de la cuestión”.
Ahora el Gobierno de Alperovich debe respetar a la Justicia, cumplir este fallo y cesar con sus acciones
persecutorias.
Alcanzar la reincorporación de nuestros compañeros de la Caja Popular es uno de los motivos del paro de hoy.
El otro motivo es el
fuerte impacto del injusto impuesto a las ganancias sobre nuestros salarios, agravado por
numerosos incumplimientos de los recientes acuerdos salariales por parte de los bancos.
El
señalado fallo judicial, abre también la posibilidad de la búsqueda en
el marco de la convocatoria que hiciera el
Ministerio de Trabajo de una solución a ese punto y a esos
incumplimientos. Antes de ese fallo no podíamos aceptar las instancias
propuestas por ese Ministerio pues no correspondía, en cuanto a los
hechos de Tucumán, aceptar otra solución que no fuera la
reincorporación. Ahora sí lo podemos hacer y de acuerdo a lo anticipado
por el
Secretario General de la Asociación Bancaria al Sr. Ministro de Trabajo,
asistiremos a una reunión que tendrá
lugar la próxima semana, a la que solicitamos sean convocadas las
Cámaras de Bancos y la AFIP, para considerar esos dos puntos.
Quede
en claro que debido a la gravedad del deterioro del poder adquisitivo
señalado, si éste no se soluciona vía la
actualización del mínimo no imponible y la tabla de alícuotas que
permanece congelada desde el año 2000, o vía una compensación que,
además de cumplir íntegramente los acuerdos salariales que han
suscripto, deben pagar los bancos, no tendremos otra alternativa
que reclamar la reapertura de las negociaciones paritarias.
Bancaria, Bancario nuestra lucha continua.
Es tu participación la que decidió este paso adelante, y será tu participación la que garantizará que se respete la justicia,
se respeten nuestro salario y nuestros derechos.
Buenos Aires, 9 de julio de 2014
SECRETARIADO GENERAL NACIONAL DE LA ASOCIACIÓN BANCARIA
Eduardo Berrozpe Sergio Palazzo
Secretario de Prensa Secretario General